Servicios Jurídicos

Alarcón abogados es un despacho de abogados situado en Paterna (frente al Ayuntamiento), con más de 40 años de experiencia en diferentes ámbitos del derecho, en los que hemos asesorado, gestionado y tramitado herencias, donaciones, contratación, y hemos asistido a nuestros clientes en procedimientos de divorcios, desahucios, interdictos, responsabilidad civil y patrimonial, accidentes de tráfico... También asesoramos en materia fiscal, y como colaboradores sociales, auliquidamos y presentamos Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, Plusvalía...

ESPECIALISTAS EN HERENCIAS

Alarcón herencias: Nuestro despacho cuenta con gran experiencia en el Derecho hereditario o de sucesiones (herencias, testamentos etc.). Durante muchos años nuestros clientes han confiado en nuestro asesoramiento y gestión en momentos emocionalmente complicados para ellos, y por la dificultad que pueda entrañar una herencia.

Primeros trámites

En una herencia los primeros trámites que llevaremos a cabo, una vez se tenga el Certificado Literal de Fallecimiento, será gestionar ante el Registro de la Gerencia Territorial de Justicia la obtención del preceptivo Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento para conocer de la existencia de seguros de vida, y también del Certificado de Actos de Última Voluntad que nos dirá si existe o no testamento, y en su caso ante que notario se otorgó el último testamento al que acudiremos para obtener la copia autoriza necesaria.
Dichos certificados sólo se podrán obtener cuando hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento, previo abono de una tasa administrativa a favor del Ministerio de Justicia, el pertinente Certificado de Actos de Última Voluntad para conocer donde otorgó el difunto su último testamento y ante que Notario,. También tendremos que obtener el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento para saber si el fallecido tenía seguro de vida. En caso de que no exista testamento o Contrato de Seguros, los certificados se pronunciaran sobre ello.

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Testamento

Conviene realizar una correcta lectura e interpretación del testamento a la hora de partir y adjudicar una herencia.
El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte quienes van a ser sus herederos, en qué porcentaje y como quieren repartir sus bienes entre ellos. En el caso de que se hayan otorgado varios testamentos, tendrá validez el último que se otorgó.
Existen diferentes tipos de testamento, pero el más habitual es el denominado testamento abierto, el cual otorga el testador manifestando su voluntad en presencia de Notario hábil.
También asesoramos sobre las disposiciones testamentarias que han de regir en su testamento

Y si no hay testamento

Si el causante no otorgó testamento, se instará la declaración de herederos abintestato por quienes se consideren con derecho a suceder abintestato de una persona fallecida.

Partición de la herencia

La partición de herencia es el procedimiento en virtud del cual los herederos o legatarios acuerdan la distribución de los bienes que componen la herencia. Este acto puede conllevar una adecuada valoración de los bienes que componen el caudal hereditario.

Cuaderno particional

Asesoramos, y en su caso redactamos el cuaderno particional, en el que se reflejaran los datos del causante y de los herederos, el inventario detallado valorando los bienes, derechos y deudas, determinación de la herencia, interesados y haberes, y adjudicación de los mismos, con arreglo a las disposiciones testamentarias, o en su caso, con las normas de sucesión intestada.
Realizar una correcta valoración de los bienes inmuebles resulta fundamental, y puede suponer en ocasiones un importante ahorro fiscal, tanto en el impuesto sobre sucesiones, como en futuras transmisiones.
¡Atención!, en caso de heredero único no es necesario acudir a la notaría a otorgar escritura pública, siempre que los inmuebles que existan en la herencia consten inscritos. En el supuesto de que no existan inmuebles tampoco es necesario escritura pública. En ambos casos bastara con una correcta elaboración de un documento privado.

Mediación como solución

Mediamos para evitar conflictos entre herederos. La mediación es una herramienta útil para solucionar los problemas que puedan existir entre herederos, y de esta manera evitar un procedimiento judicial que a buen seguro resultará costoso y traumático para todos los interesados.

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Impuestos

Nos encargamos de autoliquidar y presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicando cuantos beneficios fiscales existan para cada uno de los herederos: reducciones, bonificaciones… Aunque la autoliquidación no salga a pagar, se tendrá que presentar junto con toda la documentación de la herencia en la Agencia Tributaria correspondiente.
También, comunicamos o liquidamos el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalíalas, solicitando las bonificaciones si proceden... Respecto de este impuesto, en otras transmisiones hay que tener en cuenta la opción de cálculo más ventajosa para tu bolsillo, o si es el caso, solicitar la no sujeción al impuesto.
Una correcta presentación de los impuestos podría suponer un ahorro económico importante.

Inmuebles, dinero, fondos, vehículos

Para poder disponer de los bienes de una persona fallecida será necesario que se produzca la aceptación y adjudicación de la herencia, así como haber liquidado el Impuesto sobre Sucesiones, o el plusvalía
En el supuesto de que existan inmuebles en la herencia, será necesario llevar a cabo la adjudicación de la herencia, antes de poderlos vender a un tercero. No obstante, la adjudicación de herencia y escritura de compraventa podrán otorgarse el mismo día, siempre cuando se hayan gestionado adecuadamente los trámites previos necesarios.
Asimismo, las cuentas y depósitos titularidad de la persona fallecida se desbloquearán por parte de la entidad bancaria una vez se haya presentado y liquidado el Impuesto sobre Sucesiones. Para cambiar la titularidad administrativa de un vehículo en tráfico también será necesario haber autoliquidado el citado impuesto.
Realizar una correcta valoración de los bienes inmuebles resulta fundamental, y puede suponer en ocasiones un importante ahorro fiscal, tanto en el impuesto sobre sucesiones, como en futuras transmisiones.

Seguros de vida

El Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento que emite el Ministerio de Justicia nos informara de existencia de algún seguro de vida de la persona fallecida. El beneficiario o beneficiarios del capital por fallecimiento, tendrán que haber autoliquidando el Impuesto sobre Sucesiones.

Renuncia de herencia

La renuncia de herencia deberá ser expresa y ante Notario. Esta renuncia en ningún caso podrá ser parcial, cuando un heredero renuncia, renuncia a todo la herencia. La renuncia podrás ser pura y simplemente, o favor de tercera persona (¡ojo!, con los impuestos en caso de renunciar a favor de tercera persona).
Sin embargo, si en un testamento tienes la condición de heredero y legatario, en ese caso, podrías renunciar a la herencia y aceptar el legado. En ese caso, también podrías renunciar al legado, y aceptar la herencia.
La principal razón de la renuncia, suele tener como causa que las deudas del fallecido, superan el valor de los bienes que integran su caudal hereditario.

Aceptación de la herencia a beneficio de inventario

Cuando el heredero tiene la certeza, o fuertes sospechas, de que existende deudas en la herencia podrá acogerse a esta opción. Mediante esta aceptación el heredero responde de las deudas del causante hasta donde alcance el patrimonio hereditario, sin que se involucren bienes personales.

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Otras especialidades:

DESAHUCIOS

Tratamos de recuperar tu vivienda en el mínimo tiempo posible instando procedimiento de desahucios en sus diferentes modalidades: falta de pago del alquiler, finalización del contrato, ocupación ilegal, precario. Requerimientos previos, para evitar en su caso la enervación del desahucio.

EXTINCION DE CONDOMINIO

Mediamos o tramitamos procesos de extinción de condominio, esto es, cuando una cosa (piso o vivienda) es indivisible, y el matrimonio, parejas o herederos no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio. Esta extinción podrá alcanzarse por acuerdo, o acudiendo a un procedimiento judicial.

SEPARACION/DIVORCIO

Durante muchos años hemos tramitado procedimiento separaciones y divorcios priorizando el trato humano en esos momentos complicados para la familia.
Tramitamos divorcio por los cauces del mutuo acuerdo entre los cónyuges, acompañando a la demanda el convenio regulador que regirá las relaciones familiares en lo sucesivo: patria potestad, custodia, régimen de visita, atribución de la vivienda familiar, pensión alimenticia, pensión compensatoria, liquidación del régimen económico matrimonial. Esta suele ser la mejor opción para evitar tensiones entre los cónyuges, y también la más económica, si bien es cierto que en ocasiones no es posible.
En caso de que no exista acuerdo entre los cónyuges, tendrá que tramitarse un divorcio contencioso, que consistirá en la solicitud al Juzgado de la disolución del vínculo conyugal por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro.
También tramitamos procedimientos de medidas paterno filiales en los supuestos de ruptura de pareja cuando no existe vínculo matrimonial, que al igual que el divorcio podrá seguirse por los cauces del mutuo acuerdo entre los progenitores, o por la vía contenciosa.

FISCALIDAD/IMPUESTOS/TRIBUTOS

Antes de acometer cualquier operación herencia, donación compraventa… es conveniente estudiar y valorar las repercusiones fiscales o impositivas que tienen para el sujeto pasivo, y elegir aquellas opciones que legalmente pueden resultar más ventajosas para sus intereses. Te asesoramos sobre el IRPF, IVA, Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), IBI...
Además también liquidamos los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, Plusvalía...

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DONACIONES

¿Qué es mejor donar a mi hijo el inmueble en vida, o que por título de herencia?. Estas y otras preguntas suelen ser habituales, y requieren de un correcto asesoramiento sobre impuesto de donaciones para evitar sorpresas desagradables. Este impuesto puede tener bonificaciones entre padres e hijos, pero cuidado, la donación de un bien inmueble por inusual que parezca tributa en renta para el donante como ganancia patrimonial, y también es una operación sujeta a Plusvalía para el donatario.

CONTRATACION

Elaboración contratos estudiando pormenorizadamente las cláusulas que deben de integrar el mismo.

VCA Inmobiliaria, profesionales inmobiliarios en Paterna

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